La reforma que ha planteado este miércoles el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, va mucho más allá que la ya de por sí histórica y encomiable modificación del sistema de elección de los vocales del CGPJ que ya elogiábamos ayer. Junto a este impulso a la separación de poderes, Gallardón pretende instaurar medidas tan plausibles y necesarias para la regeneración de la Justicia como la pena de prisión permanente revisable para delitos especialmente graves; juicios conjuntos para mayores y menores de edad; la exigencia de permiso paterno para que las menores puedan abortar; la instauración de tasas judiciales que desincentiven la litigiosidad o la creación de un nuevo estatuto de víctimas de cualquier delito.

El establecimiento de juicios conjuntos para mayores y menores de edad supondrá una encomiable reforma de la Ley del Menor, que no sólo debe permitir una investigación y enjuiciamiento conjuntos de todos los implicados en delitos de especial gravedad, sino que debe también acabar con la práctica impunidad que gozan algunos delitos por el mero hecho de ser menores de edad sus autores. Y es que no sólo cabe atender el clamor social que han provocado casos como los crímenes de Marta del Castillo o el de Sandra Palo. Se trata de ser consciente de que la distinción del bien y el mal, y por tanto la exigencia de responsabilidad penal, se alcanza mucho antes que la mayoría de edad. También sería exigible una distinción de la capacidad de juicio de un muchacho de 15 ó 16 años de un niño de 8 ó 9, por mucho que ambos sean menores de edad.
Asimismo, la reforma de la ley del aborto no se va a limitar a la exigencia de permiso paterno, sino que se va a aplicar en una legislación que lo que vuelve a consagrar como derecho es la vida, si bien contemplará casos de despenalización en concordancia con lo sentenciado en su día por el Tribunal Constitucional.
En cuanto a la aplicación de tasas judiciales, no sólo la justifica razones de eficiencia sino también de justicia. Y es que una de las cosas que caracterizan a nuestro sistema de administración de justicia es el exceso de litigiosidad. Las tasas judiciales sólo las abonarán definitivamente aquellos que planteen recurso en segunda instancia sin razón para ello, pues a los litigantes cuyos recursos sean validados por tribunales de instancia superior se les devolverá lo abonado. Además, estarán exentos en todo momento de abonar las tasas aquellos litigantes que acrediten carecer de recursos para ello. Lejos de ser, pues, una merma al derecho de tutela judicial efectiva, estas tasas vienen a desincentivar una injustificada litigiosidad que sí merma ese derecho a través de algo tan indeseable como es la dilación judicial. Y es que una justicia lenta, no es justa. Eso, por no hablar de lo injusto que resulta que litigios sin fundamento alguno los sufraguen el conjunto de los ciudadanos, en lugar de los que los han protagonizado. Esperemos que, junto a estas tasas, haya otras medidas que fomenten la mediación, el arbitraje y la conciliación.

En conclusión, y por mucho que haya que esperar al desarrollo normativo de cada una de estas medidas, podemos afirmar que, si el cambio en la elección de los miembros del CGPJ refuerza la deseable independencia del poder Judicial, el resto del proyecto legislativo de Gallardón orienta el sistema de administración de Justicia hacia la atención y satisfacción de las víctimas de todo tipo de injusticia.
EDITORIAL LIBERTADDIGITAL.COM
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